"La Interpretación Legal de la JCE:
¿Un Paso hacia la Equidad o un Obstáculo al Sistema de Partidos?"
La resolución de la Junta Central Electoral (JCE) sobre la
reserva del 20% de las candidaturas ha desatado una tormenta política en República
Dominicana. Este nuevo lineamiento, que ha dividido al sistema de partidos,
está en el centro del debate público y político. El núcleo del desacuerdo
radica en la interpretación de esta cuota, cuestionándose si debe aplicarse a
cada nivel de elección, como sugiere la JCE, o si debe aplicarse a nivel
nacional, como sostienen varios partidos de la oposición.
La actual controversia, que se centra en la reserva de las
candidaturas, está poniendo a prueba la confianza en el organismo electoral. La
interpretación de la JCE de aplicar esta reserva a cada nivel de elección, en
lugar de a nivel nacional, ha polarizado a los partidos políticos y creado una
notable fricción entre ellos. Esta división política podría erosionar aún más
la confianza en la Junta, al percibirse como parcial o interpretando la ley a
conveniencia, y profundizar la brecha entre los partidos políticos a favor y en
contra de la resolución 13-2023.
La fricción entre los partidos políticos se acentúa a medida
que algunos apoyan la interpretación de la JCE en aras de una representación
más diversa y equitativa, mientras que otros la ven como un obstáculo para la
democracia y una amenaza para las alianzas y las primarias. Este choque de
visiones puede afectar el clima político, intensificando las tensiones y
dificultando el consenso y la cooperación entre los partidos políticos. A largo
plazo, esta división puede llevar a una mayor polarización y a una política más
conflictiva.
Además, el hecho de que juristas y organizaciones
prominentes se pronuncien de manera divergente sobre la interpretación de unos
pocos artículos legales genera confusión en el sistema jurídico. Esta
diversidad de opiniones, en lugar de aportar claridad, ha añadido más
incertidumbre sobre cómo se deben interpretar y aplicar estas leyes en el
futuro. Este estado de confusión puede socavar la eficacia de la ley y la
confianza en el sistema electoral, al generar dudas sobre su coherencia e
interpretación uniforme de los textos jurídicos.
La manzana de la discordia parte del artículo 58, de la Ley
33-18 de partidos políticos, sobre el porcentaje para las reservas que dice: “el
organismo de máxima dirección de todo partido tiene el derecho de
reservar a conveniencia de su organización política, incluyendo los puestos
cedidos a dirigentes de la misma organización o por acuerdos, alianzas o
fusiones con otros partidos, agrupaciones o movimientos políticos, un máximo de
candidaturas a cargos de elección popular equivalente al veinte por ciento (20%)
del total de las nominaciones para los puestos de senadores, diputados,
alcaldes, regidores, directores, subdirectores y vocales de distritos
municipales establecidos por la Constitución y las leyes”.
Mi humilde interpretación, sin tratar de ser especialista en
la materia, es que el porcentaje de las reservas solo aplica a la decisión de
los dirigentes de un partido a lo hora de distribuirse directamente cargos electivos
sin necesidad de someterlos a los mecanismos estatutarios. Los demás, el 80%, sean
miembros, independientes o producto de alianzas deben ser aprobados por la
estructura del partido del que se trate.
"Fricción Partidista"
El Partido Revolucionario Moderno (PRM), junto a otros trece
partidos, ha mostrado un fuerte respaldo a la resolución de la JCE. Estos
partidos argumentan que la medida garantiza una representación más equitativa y
diversa en todos los niveles de elección. Resaltan que el 20% de reserva por
cada nivel de elección favorece una distribución más justa.
Plantean que aplicar la reserva del 20 % al total de las
candidaturas, conllevaría que de las 4,528 posiciones los partidos podrían
apartar 905 puestos, abriendo la posibilidad de guardar la totalidad de los
senadores, diputados, alcaldías, subdirectores, la candidatura presidencial y
se restaría espacio para el caso de los regidores.
Por otro lado, está la coalición de partidos en oposición a
la resolución, encabezada por el Partido de la Liberación Dominicana (PLD) y
Fuerza del Pueblo (FP), junto a otros trece partidos, que sostienen que la medida
restringe la democracia al limitar la posibilidad de alianzas y dificulta la
realización de las primarias. Además, argumentan que la reserva del 20% de las
candidaturas debería aplicarse a nivel nacional y no por cada nivel de
elección, considerando que esta última interpretación podría llevar a una
sobre-representación de algunos sectores.
División del
sistema de partidos por la resolución de la JCE
"Juristas Divididos"
La interpretación legal de la resolución ha sido objeto de
discusión entre juristas de renombre como Vidal Potentini y Servio Tulio.
Potentini sostiene que la JCE no cumplió con el proceso administrativo al
emitir la disposición sobre reservas, mientras que Tulio enfatiza que la JCE
debe escuchar a los partidos de oposición y tomar en cuenta sus preocupaciones.
El vicepresidente ejecutivo de la FINJUS, Servio Tulio
Castaños Guzmán, consideró que la decisión, que dispone que las entidades
políticas deben depositar las reservas de las candidaturas por lo menos 30 días
antes del inicio de la precampaña, es decir, a más tardar el 2 de junio, tomó
por sorpresa a los partidos políticos, derivándose de aquí el disgusto que hoy
los empaña.
Por otro lado, organizaciones como Participación Ciudadana
han expresado su apoyo a la posición de la JCE sobre las reservas de
candidaturas, considerándolo un paso hacia la equidad en la representación
política.
“Origen Controversia”
En cuanto a la JCE, la resolución del órgano establece que
para el próximo periodo electoral los partidos solo podrán reservar plazas para
las candidaturas de hasta 38 diputados y seis senadores, lo cual dificultaría
el tema de negociación de alianzas y coaliciones entre las organizaciones
políticas; además de 32 alcaldes, 233 regidores, 47 directores con sus
subdirectores y 147 vocales; mientras que todas las demás candidaturas deberán
ser disputadas en primarias, convenciones y/o asambleas.
Sostiene que se basa en su interpretación de los textos
legales, específicamente en la Ley No. 33-18 de Partidos, Agrupaciones y
Movimientos Políticos y la Ley No. 15-19 de Régimen Electoral. Ambas recogen ambiguamente
en cuanto a si la reserva del 20% de las candidaturas debería aplicarse a cada
nivel de elección o a nivel nacional.
Dos artículos de estas leyes generan la confusión y son la base
de la actual controversia. Los partidos de la oposición y algunos juristas
interpretan que la reserva del 20% se aplica a nivel nacional, mientras que la
JCE y otros partidos políticos interpretan que debe aplicarse a cada nivel de
elección.
En resumen, esta controversia sobre la resolución de la JCE
puede tener un efecto perjudicial sobre la confianza en la junta electoral,
aumentar la fricción entre los partidos políticos y sembrar confusión en el
sistema jurídico. La gestión de esta controversia y la búsqueda de una solución
consensuada será clave para mantener la integridad del sistema democrático de
la República Dominicana.
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